REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de enero de dos mil cinco
194º y 145º

ASUNTO : KP02-M-2004-000682
Revisadas como han sido las presentes actuaciones y habida consideración que efectivamente ha transcurrido el lapso previsto en el decreto intimatorio sin que la parte demandada haya efectuado la cancelación de la obligación o formulado oposición al mismo, se deja firme el decreto intimatorio en el presente juicio de Cobro de Bolívares, intentado por GUILLERMO GARCIA BRANT, contra el ciudadano ALEJANDRO RAFAEL ROMAN RODRIGUEZ: téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada entre las partes. Así mismo, se le concede a la parte demandada, OCHO días de despacho contados a partir del día de despacho siguiente a la presente fecha, para que cumpla voluntariamente con el pago de lo establecido en el decreto intimatorio, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente.
El Juez



Dr. Julio César Flores Morillo
La Secretaria acc.,



Ivonnet Hernández

lmc