REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de enero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : KP02-F-2004-000910
El ciudadano CLAUDIO DEUDEDI GONZALEZ MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 2.674.760, de este domicilio, manifestó estar separado de su esposa ROSA MARIA SIERRALTA, venezolana, mayor de edad, con C.I. Nº 3.884.392, de este domicilio, desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 15-11-2004, se acordó la comparecencia de la cónyuge la cual fue lograda en forma personal. Se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público quien consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos CLAUDIO DEUDEDI GONZALEZ MARQUEZ y, ROSA MARIA SIERRALTA de GONZALEZ, antes identificados, por ante el Jefe Civil de la Parroquia Cchiquinquira, Municipio Torres del Estado Lara, en fecha 16 de Junio de 1967. De dicha unión matrimonial procrearon dos hijos, actualmente mayores de edad. Ofíciese al Jefe Civil y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los dieciocho días del mes de Enero de dos mil cinco.
El JUEZ, LA SECRETARIA ACC.,
ABG. PATRICIA CABRERA MANFREDI ABG. MARIA MILAGROS MEDINA
Publicada en su fecha a las 11:30 a.m.
PCM/MMM/Zaira.
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