REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 12 de enero de 2005
Años: 194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-1999-002259
Consta decisión dictada por éste Tribunal en fecha 17-09-2002, por un lapso de UN AÑO, ONCE MESES Y DIECISEIS DIAS, mediante el cual se le concede el beneficio de Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena a la sentenciada ZULMI NAILETH OROZCO DE MATHEUS, titular de la cédula de idéntidad Nr7.324.245, ampliamente identificado en autos por encontrarse cumplidos los requisitos de los artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal.
La referida ciudadana fue condenada en fecha 16-05-2002, por el Tribunal Tercero de de Juicio de éste Circuito Judicial Penal a cumplir la pena de Dos Años de Prisión, por imputársele la responsabilidad en la comisión del delito de ESTAFA, previstos y sancionados en los artículos 464 del Código Penal.
Se evidencia en autos, especificamente al folio 1.089, en el Informe de Finalización emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, que la Penada NAILETH OROZCO DE MATHEUS, titular de la cédula de idéntidad Nr7.324.245, domiciliado en la calle 14 entre carreras 18 y 19 Nr18-81, Estado Lara, durante el lapso que le fue establecido en régimen de prueba observo receptividad a las orientaciones y recomendaciones formuladas, se mantuvo activa laboralmente y cumplió puntualmente con las condiciones impuestas ; por lo que para la presente fecha cumplió totalmente la pena bajo el Beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA.
D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto y en virtud de lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara la Extinción de la Pena por el cumplimiento de la condena a la sentenciada ZULMI NAILETH OROZCO DE MATHEUS, titular de la cédula de idéntidad Nr7.324.245, habiendo finalizado el beneficio impuesto. Líbrese Boleta de Libertad Plena. Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, a la Defensa y al Penado y Oficio a la Unidad Técnica. Cúmplase.
La Juez de Ejecución Nº 2
Abog. Blanca Luisa Santana
El Secretario,
arelys
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