REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 12 de enero de 2005
Años: 194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-1999-002181
Consta en autos que el ciudadano JEAN CARLOS BALSARES ALVAREZ, fue condenado en fecha 18-01-2000, por el Tribunal Segundo de Control de ésta Circunscripción Judicial Penal, a cumplir la pena de DIEZ AÑOS DE PRESIDIO por imputársele la responsabilidad en la comisión del delito de Homicidio Calificado, previstos y sancionados en el artículo 408 ordinal 8vo del Código Penal.
Se evidencia en autos, especificamente al folio 456 de la pieza Nr02, oficio Nr337 de fecha 01-09-2004, emanado de la Dirección de Custodia y Rehabilitación de Recluso del Internado Judicial de Lara-Centro de Pernocta, en donde indican que el penado JEAN CARLOS BELSAREZ, titular de la cédula de idéntidad Nr15.171.976, según informaciones aparecidas en varios diarios del Estado Lara, el precitado ciudadano fue abatido por el Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas en fecha 31-10-2004, quien se encontraba fugado del Centro de Pernocta desde el dia 09-09-2004.
En fecha 10 de noviembre de 2004, éste Tribunal solicito al Jefe Civil de la Parroquia El Cují del Municipio Iribarren del Estado Lara, Acta de Defunción del precitado ciudadano, siendo recibida la misma en fecha 01-12-2004, por lo que se procede a Declarar Extinguida la Responsabilidad Criminal al precitado ciudadano en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 48 ordinal 1ero del Código Orgánico Procesal Penal concatenado con el artículo 103 del Código Penal.
D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto y en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 del Código Penal, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara la Extinción de la Pena por Muerte al Penado JEAN CARLOS BELSAREZ, titular de la cédula de idéntidad Nr15.171.976. Líbrese Boleta de Libertad Plena. Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, a la Defensa y Oficio al Internado Judicial -Centro Pernocta Cúmplase.
La Juez de Ejecución Nº 2
Abog. Blanca Luisa Santana
El Secretario,
arelys
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