REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: KP02-L-2005-001406
PARTE ACTORA: ANTONIO AMADO LUNA FRIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.749.518.
PARTE DEMANDADA: CARNES DE OCCIDENTE C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ALBERTO HILDEBRANDO RIERA LAMEDA, IPSA Nro. 42.133
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 13 de Diciembre de 2005 siendo las diez de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen por la parte demandada el ABOGADO ALBERTO HILDEBRANDO RIERA LAMEDA, IPSA Nro. 42.133, en su carácter de apoderado judicial de la empresa CARNES DE OCCIDENTE C.A. En este estado el Tribunal deja expresa constancia de que no comparece ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno la parte demandante ANTONIO AMADO LUNA FRIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.749.518, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 146°.
La Juez
Abg. Ana Sonia Sánchez Aguirre

La Secretaria
Abg. Yesenia P. Vásquez R.
La Parte Compareciente