REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 19 de Diciembre de 2005
Años 195º y 146º
N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2005-000486
PARTE ACTORA: VIRGINIA DEL VALLE MOLINA RIVERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 6.270.061
PARTES DEMANDADAS: CEBA, C.A., CEBA OCCIDENTE, C.A. y CEBA DEL CENTRO, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, 19 de Diciembre 2005 siendo las dos y treinta de la tarde (02:30 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de que no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno la parte demandante VIRGINIA DEL VALLE MOLINA RIVERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 6.270.061, ni la partes demandadas CEBA, C.A., CEBA OCCIDENTE, C.A. y CEBA DEL CENTRO, C.A., por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 146°.
La Juez
Abg. Yraima Josefina Betancourt Rondón
La Secretaria
Abg. Yesenia P. Vásquez R.
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