REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO JIMENEZ DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Quíbor, 02 de Diciembre de 2005
195° y 146°
EXP. N° 1529
PARTES: BANCO MERCANTIL C.A. (BANCO UNIVERSAL)
ALEXANDER ROCCO NANNI DOS SANTOS
GYONGYOSY ELIANE SILVA DE NANNI
MOTIVO: EJECUCION DE HIPOTECA
Visto el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO formulado por la parte Demandante en el presente Juicio Abogado: JUAN CUESTA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 2.287, en su carácter de Apoderado Judicial del Banco Mercantil, C.A. (Banco Universal) mediante diligencia inserta al folio Cuarenta y Dos (42), por cuanto tal actuación no es contraria a Derecho, y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumado el Acto y procede como sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, e imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el archivo del presente expediente, remitiéndolo al Archivo Judicial del Estado Lara en su oportunidad.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABOG. LORENA BRIZUELA YEPEZ
LA SECRETARIA
ABOG. ANA MARIA AGUILERA
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