REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: KP02-M-2003-000085


PARTE ACTORA: ENMMA GALENO DE ZARRAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.956.731, de este domicilio.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JESÚS ALEJANDRO PIÑERUA DE LIMA y DOMINGO JAVIER SALGADO RODRIGUEZ, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 53.414 y 52.182, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: CASA PROPIA ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO, C.A., de este domicilio.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA EN JUICIO POR COBRO POR REPETICIÓN.
LA SUSCRITA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL, MARILUZ JOSEFINA PÉREZ, SE AVOCA AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. Se inició el presente juicio de Cobro por Repetición, intentado por la ciudadana ENMMA GALENO DE ZARRAGA, antes identificada, contra CASA PROPIA ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO, C.A. En fecha 19-02-2.003, este Tribunal admitió la presente demanda (f. 27). En fecha 18/06/2.003, compareció por ante este Tribunal el abogado JESÚS ALEJANDRO PIÑERUA DE LIMA, y solicitó el avocamiento de la presente demanda (f. 28). En fecha 30/06/2.003, se dictó auto de avocamiento de la Juez TAMAR GRANADOS IZARRA (f. 29). En fecha 11/09/2.003, el alguacil de este Tribunal consignó compulsa del ciudadano JOSÉ RAFAEL SIGALA, sin firmar (f. 30). En fecha 17/09/2.003, compareció por ante este Tribunal el abogado JESÚS ALEJANDRO PIÑERUA DE LIMA, y solicitó se libre cartel de citación al representante de la demandada (f. 42). En fecha 24/09/2.003, se dictó auto y se acordó la citación del demandado mediante carteles (f. 43). En fecha 03/11/2.003, compareció por ante este Tribunal el abogado JESÚS ALEJANDRO PIÑERUA DE LIMA, y consignó carteles de citación publicados en el diario El Impulso y El Informador en fechas 22/10/2.003 y 18/10/2.003, respectivamente (f. 46). En fecha 01/12/2.003, compareció la secretaria de este Tribunal y expuso que fijó cartel de citación en la sede principal de CASA PROPIA ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO, C.A. (f. 49). En fecha compareció por ante este Tribunal el abogado JESÚS ALEJANDRO PIÑERUA DE LIMA, y solicitó la designación de defensor ad-litem para el demandado, en el presente juicio (f. 50). En fecha 13/02/2.004, se designó como defensor Ad Litem de la demandada, al abogado Leopoldo Silva (f. 51). En fecha 22/02/2.004, compareció por ante este Tribunal el abogado JESÚS ALEJANDRO PIÑERUA DE LIMA, y solicitó se librase boleta de notificación al Defensor Ad Litem designado (f. 52). En fecha 25/11/2.005, compareció por ante este Tribunal la abogada ANELAY SÁNCHEZ GONZÁLEZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 92.355 y solicitó la perención del presente juicio (f. 53).
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación de la parte actora de fecha 03/02/2.004 hasta la fecha 22/02/2.005, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de COBRO POR REPETICIÓN, seguido por la ciudadana ENMMA GALENO DE ZARRAGA, contra CASA PROPIA ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO, C.A., antes identificadas.
NOTIFÍQUESE A LAS PARTES.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. DÉJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los ocho (08) días del mes de Diciembre de dos mil cinco. AÑOS: 195° y 146°.
La Juez Suplente Especial
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Sec.

MJP/Mónica