REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: KP02-T-2004-000128
Vista la transacción celebrada entre las partes en fecha diez (10) de noviembre de 2.005, en el presente juicio TRANSITO, seguido por el ciudadano PEDRO PABLO GARCÍA TOVAR, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.411.546 a través de su apoderado judicial ARNOLDO LARA SÁNCHEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 3.549, contra la empresa MAPFRE LA SEGURIDAD C.A. anteriormente SEGUROS LA SEGURIDAD, sociedad mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 20/06/1983, bajo el N° 12, a través de su Gerente, señor JOSÉ ANGEL SULBARAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio; este Tribunal observa:
1. La parte actora acepta los pagos ofrecidos por la demandada.
2. La parte demandada declara que con el pago recibido por el demandante, el mismo nada queda por reclamar, a la parte demandada, ni por concepto de indexación, costas y costos, ni por honorarios de abogados, nbi por ningún otro concepto.
En virtud de las anteriores consideraciones este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LE IMPARTE LA CORRESPONDIENTE HOMOLOGACIÓN, a la transacción celebrada en fecha diez (10) de noviembre de 2.005, en el presente juicio TRANSITO, seguido por el ciudadano PEDRO PABLO GARCÍA TOVAR, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.411.546 a través de su apoderado judicial ARNOLDO LARA SÁNCHEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 3.549, contra la empresa MAPFRE LA SEGURIDAD C.A. anteriormente SEGUROS LA SEGURIDAD, sociedad mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 20/06/1983, bajo el N° 12, a través de su Gerente, señor JOSÉ ANGEL SULBARAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio.
Déjese copia de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los dos (02) días del mes de Diciembre del año dos mil cinco. Años 195° y 146°.
La Juez Suplente Especial
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
MJP/Mónica
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