REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : KP02-S-2005-012258

Vista la solicitud presentada por la ciudadana YELITZA DEL CARMEN RODRÍGUEZ DE BULLONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.883.904, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en el Km. 13, callejón San Roque, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, con una extensión de aproximada de 224 Mts.2. alinderadas de la siguiente manera: NORTE: con bienhechurías de Naileth Hernández; SUR: con bienhechurías de Flores Túa; ESTE: con bienhechurías de Yanira Sequera y OESTE: con callejón San Roque, que es su frente. Dichas bienhechurías consisten en paredes de barro, piso de tierra, techo de zinc, constante de una habitación. El valor invertido es la cantidad de TRES MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 3.000.000,00) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: JOSE MARIN y LENNYS SALAS éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de la ciudadana YELITZA DEL CARMEN RODRÍGUEZ DE BULLONES ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-



La Juez Suplente,

Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria


María Fernanda Alviárez



/Milagro