REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2005-014244
El ciudadano PAUL REINALDO GARCIA YEPEZ venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.451.608, manifestó estar separado de su cónyuge MARIA DEBORA GARCIA MORAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 5.435.910, y de este domicilio, desde hace más de cinco (5) años por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 18-11-2005, se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, se acordó la citación, la cual fue lograda en forma personal. En fecha 28-11-2005, se realizó el Acto de Contestación. Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vinculo que contrajeran los ciudadanos PAUL REINALDO GARCIA YEPEZ y MARIA DEBORA GARCIA MORAN ya identificados, por ante el Prefecto Encargado del Municipio Moran del Estado Lara, en fecha 08 de Junio de 1981. Ofíciese al Jefe Civil y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y Regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.-
En Barquisimeto, a los veinte días del mes de Diciembre de dos mil cinco. Años: 195° y 146°
LA JUEZ EL SECRETARIO
(FDO) (FDO)
ABOG. TANIA MARIA PARGAS CANELON. ABOG. ROGER JOSE ADAN

Publicada en su fecha a las 9:00 p.m.
TMPC/RJA/ysm.

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR, LA CUAL ES TRASLADO FIEL DE SU ORIGINAL. FECHA UT-SUPRA.
EL SECRETARIO