REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio de Barquisimeto
Barquisimeto, 7 de Diciembre de 2005
Años: 195º y 146º

ASUNTO: KP01-P-2003-000562

Visto el escrito de solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, interpuesto por la Abg. Raquel Vivas de Pérez inscrita en el inpreabogado bajo el N° 12.620 actuando en su carácter de defensora del imputado WILMER RAFAEL ARTEAGA CAMACARO suficientemente identificado en autos a quien le fue decretada la Privación Judicial Preventiva de Libertad, por el delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas , este Juzgado a los efectos de decidir observa:
La Defensa fundamenta su solicitud en base a Jurisprudencia emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 10-05-05 con ponencia del Magistrado Dr. Alejandro Angulo Fontivero, en la cual se refiere al principio de proporcionalidad aplicado en este tipo de sentencias.
Ahora bien, en virtud de que la defensa está solicitando para su defendido la aplicación de una medida cautelar sustitutiva, este Tribunal procedió a realizar el correspondiente análisis para sí determinar en base a lo expuesto por la defensa y la gravedad del delito cometido por el imputado WILMER RAFAEL ARTEAGA CAMACARO, la procedencia o no de dicha solicitud.
En consecuencia analizado como ha sido el escrito presentado por la Abg. Raquel Vivas de Pérez solicitando la aplicación de la medida cautelar antes mencionada a su defendido WILMER RAFAEL ARTEAGA CAMACARO, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 5, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Niega la solicitud de medida cautelar interpuesta por la defensa debido a que la pena excede de 3 año en su limite máximo tal como lo establece el artículo253 del Código Orgánico procesal Penal además del peligro de fuga establecido en el parágrafo primero del artículo 251 del referido Código. Así se decide. Es todo. Notifíquese. Regístrese. Cúmplase lo ordenado.

El Juez

El Secretario

Abog. Jorge Querales






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