REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de agosto de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: KP02-R-2005-001322
ACTA

Quien suscribe, SAÚL DARÍO MELÉNDEZ MELÉNDEZ, Juez Provisorio de este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil Y Menores de la Circunscripción Judicial Estado Lara, me INHIBO de conocer la presente causa, por cuanto revisadas las actas procesales se constata que el presente Juicio por PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL seguido por el ciudadano GRITZKO GABRIEL TERAN MOGOLLON contra la ciudadana MIREYA DÍAZ VISCAYA, es similar a la causa N° 8008 en la cual manifesté mi opinión en lo principal del juicio, en sentencia dictada en fecha 22-10-2002, inserta a los folios 181 al 190 de la primera pieza, por cuanto es el mismo objeto, sujeto y causa que se demandan en este asunto, lo cual guarda estrecha relación con el pronunciamiento que ha de hacerse en la presente acción, razón por la cual fundamento esta inhibición en el Ordinal 15° del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, y así lo declaro expresamente.
Abrase cuaderno de inhibición con copia certificada de la presente acta, y remítase a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Área Civil del Estado Lara, a los fines de su distribución entre los Tribunal Superiores Civil del Estado Lara. Désele salida.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta acta para ser agregada al Libro respectivo.
El Juez Provisorio,

Dr. Saúl Darío Meléndez Meléndez
Publicada en la misma fecha en horas de despacho y seguidamente se expidió copia certificada conforme a lo ordenado. Se abrió cuaderno de inhibición con el N° KC01-X-2005-000011 y se remitieron el asunto principal KP02-R-2005-001322, constante de dos piezas en un total de quinientos veintiséis (526) folios útiles y cuaderno separado en veinte (20) folios útiles, con oficio N° 2005/ 422 y el cuaderno de Inhibición N° KC01-X-2005-000011, constante de trece (13) folios útiles con oficio N° 2005/423, a la URDD del Área Civil del Estado Lara.
El Secretario,

Abg. Julio A. Montes C.