Quibor, 05 de ABRIL del 2005
194° y 146°

EXP. N° 1778
PARTES: DORIS DEL CARMEN COLMENAREZ
EDILIO RAMON PEREZ.
BENEFICIARIOS: XXXXXXXXXXXXXXXXX
MOTIVO: JUICIO DE ALIMENTOS

Visto el CONVENIMIENTO al cual llegaron las partes en el presente juicio inserto al folio Veinte (20) suscrito por los Ciudadanos: DORIS DEL CARMEN COLMENAREZ Y EDILIO RAMON PEREZ, por cuanto tal actuación no es contraria a los intereses de la Niña: XXXXXXXXXXXX, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia se ordena se tenga como Sentencia Firme. Se ordena agregar copia certificada del Convenimiento y de la presente Homologación.
LA JUEZ

DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE

LA SECRETARIA

ABOG, MARILUZ CASTEJON
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto. (Conste)
LA SECRETARIA

ABOG. MARILUZ CASTEJON