REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

Cabudare, 15 de Abril de 2005.
Años: 194° y 146°

Expediente N° 2.378-05
CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
DE ARRENDAMIENTO.

Visto el DESISTIMIENTO suscrito por la parte actora cursante al folio doce (12) en el presente juicio, y por cuanto no es contraria a derecho y versa sobre bienes disponibles, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Así mismo, devuélvanse en su oportunidad, a la parte actora los originales de los documentos, cursantes a los folios 4 al 10 ambos inclusive, solicitado en dicho escrito, dejando en su lugar copia certificada por Secretaría, todo esto de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, expídase por Secretaría copia certificada del presente auto para la carpeta respectiva, conforme a lo señalado en el Artículo 111 ejusdem. Cúmplase.
La Juez.-


Dra. Coromoto de Del Nogal.
El Secretario.

Abg. Daniel González.
Seguidamente se cumplió lo ordenado. Se expidió por Secretaría copia certificada del presente auto.-
El Secretario,

Abg. Daniel González.