REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
Siendo las 9:30 a.m, se constituyó este Trib. en calle 19 entre 15 y 16 Casa N° 15-44, Barqto. Edo. Lara, acompañados por el abog. actor JULIO SUAREZ, INPRE 92.357, JUAN COLMENAREZ, repres. Depositaria Judicial Yacambú C.A, JOSE CALDERON y EDGARDO CHIRINOS C.I. 14.334.729 designados y juramentados depositario, perito y cerrajero respectivamente. No fuímos atendidos por persona alguna, se hizo necesario abrir las puertas con asistencia del cerrajero; ingresado al inmueble se localizó un ciudadano de avansada edad, presentando minusvalia. El actor señaló para embargar bienes hasta por la cantidad de Bs. 2.450.000. El Trib. declaró embargo sobre los mismos, colocados en posesión de la depositaria judicial, quien procedió al retiro. Se hizo presente AMEIDA TIMAURE, esposa del demandado, notificada del acto, manifestó que el Ddo no estaba en la ciudad. El actor se reservó derecho de seguir embargando, solicitando mantener la comisión hasta el 29/04/05. Siendo las 11:50 am, Terminó el acto.