REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de abril de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: KP02-T-2004-000021
Vista la transacción suscrita entre las partes, en fecha 15/03/2.005, en el presente juicio de DAÑOS MATERIALES Y PERJUICIOS (TRANSITO) seguido por la ciudadana MALLYRA PALMA PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.358.193, de este domicilio, a través de su Apoderada Judicial Xiomara Nelo Lozano, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 38.008, contra la C.A. ENERGÍA ELÉCTRICA DE BARQUISIMETO (ENELBAR), en la persona de su Presidente KHALED ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.863.303, de este domicilio y contra el ciudadano JHANNEL PASTOR ACOSTA ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.425.571, de este domicilio, en su carácter de conductor, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente homologación. Téngase la misma como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Este Tribunal da por terminado el presente juicio, en virtud que la parte actora alega que el demandado canceló el monto adeudado y ordena el archivo del expediente. Se acuerda la devolución de los documentos originales solicitados, de conformidad con el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia.
La Juez
TAMAR GRANADOS IZARRA
La Secretaria
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
TGI/Mónica