REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
ASUNTO : KP02-S-2005-002394
El ciudadano JOSE BENITO LOPEZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, C.I. Nro. 1.270.463, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido de que figura el nombre de su madre como SANTA LOPEZ siendo lo correcto “SANTACION LOPEZ”. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose resolver sumariamente previa notificación al Fiscal de Familia del Estado Lara.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, y la boleta anexa ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el nombre de la madre del solicitante como “ SANTACION LOPEZ”..- En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Juan Bautista Rodríguez de Municipio Jiménez y al Registro Principal del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento No. 566, folio 193 vto., año 1939. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto a los 06 días del mes de Abril de dos mil cinco. Años 194º y 146º.
LA JUEZ, LA SECRETARIA ACC.,


ABG. PATRICIA CABRERA M. ABG. MARIA MILAGROS MEDINA

Seguidamente se oficio bajo los Nros. 0900-860 y 861

PCM/MMM/sosa.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
ASUNTO : KP02-S-2005-002394
El ciudadano JOSE BENITO LOPEZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, C.I. Nro. 1.270.463, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido de que figura el nombre de su madre como SANTA LOPEZ siendo lo correcto “SANTACION LOPEZ”. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose resolver sumariamente previa notificación al Fiscal de Familia del Estado Lara.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, y la boleta anexa ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el nombre de la madre del solicitante como “ SANTACION LOPEZ”..- En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Juan Bautista Rodríguez de Municipio Jiménez y al Registro Principal del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento No. 566, folio 193 vto., año 1939. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto a los 06 días del mes de Abril de dos mil cinco. Años 194º y 146º.
LA JUEZ, LA SECRETARIA ACC.,

ABG. PATRICIA CABRERA M. ABG. MARIA MILAGROS MEDINA

Seguidamente se oficio bajo los Nros. 0900-860 y 861
PCM/MMM/sosa.