REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de abril de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : KP02-F-2004-001107
La Ciudadana BELKIS JOSEFINA MONTERO NAVAS, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. 5.251.393, manifestó estar separada de su cónyuge FELIPE ANTONIO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, con Cédula de Identidad Nº 5.244.531, desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el divorcio. Acompañó acta de matrimonio. Admitida la solicitud el 11 De Febrero de 2005, se acordó la citación la cual fue lograda en forma personal. Se notificó la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, quién consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos BELKIS JOSEFINA MONTERO NAVAS y FELIPE ANTONIO RODRIGUEZ, ya identificados, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 31 de Octubre de 1979. Ofíciese a la Jefatura Civil correspondiente y al Registro Civil. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los veinticinco dias del mes de Abril de dos mil cinco. Años: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
La Juez
Abog. Patricia Cabrera Manfredi
La Secretaria acc,
Abg. María M. Medina
PCM/MMM/ij.
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