REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 20 de Abril de 2005
195º y 146º

ASUNTO: KP01-P-2001-000416

Hecha una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente asunto, este Tribunal a los fines de resolver, observa:
La ciudadana MARITZA MILAGROS JIMÉNEZ PERAZA, titular de la cédula de identidad N° 7.380.741, venezolana, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nacida el 01.09.62, de 43 años de edad, soltera, comerciante, hija de José Jiménez y de Andrea de Jiménez, residenciada en la calle 7 con carrera 2, casa N° 7-26, Barrio San Francisco, Barquisimeto, Estado Lara, fue sentenciada en fecha 29.11.94, a cumplir la pena de SEIS AÑOS Y TRES MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS Y ESTUPEFACIENTES.
En fecha 07.12.94, se declaró definitivamente firme dicho fallo y se ordenó practicar el cómputo respectivo.
El artículo 112 el Código Penal vigente establece: "Las penas prescriben así: 1° Las de presidio, prisión y arresto, por un tiempo igual al de al pena que haya de cumplirse, más la mitad del mismo...El tiempo para la prescripción comenzará a correr desde el día en quedó firme la sentencia…”
Ahora bien, desde la fecha en que se declaró definitivamente firme la sentencia han transcurrido 10 años, 4 meses y 13 días, tiempo superior al de la prescripción que es de 9 años, 4 meses y 15 días, por lo que la pena se encuentra prescrita.
.D I S P O S I T I V A

Por las razones anteriores, este Tribunal Primero de Ejecución, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESCRIPCIÓN DE LA PENA impuesta a la ciudadana MARITZA MILAGROS JIMÉNEZ PERAZA, titular de la cédula de identidad N° 7.380.741, todo de conformidad con el artículo 112 del Código Penal. Notifíquese a la Fiscal Penitenciaria y a la Defensa. Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial Penal del Estado Lara. Cúmplase.
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El Juez de Ejecución N° 1



Abg. Antonio Martínez Barrios.
La Secretaria