REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE CONTROL N° 1
Barquisimeto, 28 de Abril de 2005
Años 194° y 146°

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2004-001400

En fecha 25.04.2005, el Profesional del Derecho Abogado NELSON MUJICA, Defensora Privado, IPSA N° 92.316, solicita la ampliación del régimen de presentación a su asistido ciudadano LUIS ABRAN SUÁREZ SÁNCHEZ, Venezolano, Soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 15.919.397, nacido en ésta ciudad el 02.12.1978, de 26 años de edad, de oficio artesano y vendedor de perros calientes, grado de instrucción 6to, grado abandonado, hijo de Marlene Sánchez y Luis Suárez residenciado en Quibor, calle 7 avenida 8 Casa S/N, de color verde, a una cuadra del Banco Provincial. Por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas 460 y 84 del código penal. En virtud de que en fecha 12.01.2005 le fue concedida medida de Presentación cada 8 días por ante la Taquilla externa de presentación de Imputados de éste Circuito Judicial Penal y Ordinal 9° Abstenerse de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas, manifestando su defensor que hasta la presenta fecha ha venido cumpliendo fielmente las medidas impuestas por el juez para ese entonces Profesional del Derecho Abogado CESAR RAFAEL GIRÓN FADEL, en funciones de Juez (Suplente) de Control N° 1. De conformidad con el Artículo 264 y 438 del COPP. Este Tribunal para decidir lo planteado observa lo siguiente:

Una vez verificada en el Sistema Juris 2000 éste tribunal constata de que el ciudadano ante mencionado si está cumpliendo con su régimen de presentación por lo que lo procedente y de conformidad con el Artículo 87 con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela extiende el Régimen de Presentación del ciudadano LUIS ABRAN SUÁREZ SÁNCHEZ, a cada 15 días de conformidad con el Artículo 256 Ordinal 3° del COPP. Y así se decide.

Dispositiva.

Por lo antes expuesto este Tribunal en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la AMPLIACIÓN DEL RÉGIMEN DE PRESENTACIÓN al ciudadano LUIS ABRAN SUÁREZ SÁNCHEZ, a cada 15 días de conformidad con el Artículo 256 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, regístrese cúmplase.

LA JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL N° 1



ABG. LINA ELENA DUPUY RODRÍGUEZ.


LA SECRETARIA.