Declarada PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Revisión de sentencia por aumento de pensión de alimento, intentada por la ciudadana: VISMARYS DEL CARMEN RIVERO ALVAREZ, contra el ciudadano JUAN CARLOS PALMERA PIÑA, en beneficio de la niña ANGELICA LUCIA PALMERA RIVERO, de conformidad con los artículos 366, 520 y 523 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente.- En consecuencia se condena como monto de pensión de alimento la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs.35.000) a partir del mes de SEPTIEMBRE del presente año, por pensiones adelantadas, tal como lo establece el artículo 374 de la LOPNA, igualmente se condena a seguir suministrando el 100% de los gastos médicos ya que fue un ofrecimiento por parte del demandado, el 50% de los gastos de vestimenta. Abrase Carpeta de Cumplimiento.