REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-M-2002-000210

Vista la transacción suscrita entre las partes, en fecha 30/08/2.004, en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES seguido por CASA PROPIA ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO, C.A., a través de su apoderado judicial LUIS BERNARDO MELENDEZ GUTIERREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 16.176 contra LUIS RAMON BARRIOS DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.348.378, de este domicilio, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente homologación. Se suspenden las medidas de Prohibición de Enajenar y Gravar y de Embargo Ejecutivo, la primera decretada en auto de fecha tres (03) de Octubre de 2.002 y comunicada al Registrador Subalterno de Registro del Primer Circuito del Municipio Autónomo Iribarren del Estado Lara, en la misma fecha, según oficio N° 1.310, sobre un inmueble propiedad del demandado, dado en garantía, ubicado en la Avenida Andrés Eloy Blanco, Transversal uno (1), lote “B”, distinguida con el N° 73, parcela E-43 de la Urbanización Patarata II, Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara y la segunda decretada en auto de fecha siete (07) de Julio de 2.003 y comisionada para su práctica al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta del Estado Lara, en la misma fecha, según oficio N° 2.796, sobre el inmueble antes mencionado. Líbrense los oficios a los organismos correspondientes.
LA JUEZ
TAMAR GRANADOS IZARRA
LA SECRETARIA
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
TGI/mp/ln