REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-S-2004-002031
Rect.Part.
C.F.
En fecha dieciocho (18) de marzo del año 2.004, el ciudadano CRUZ GUZMAN MENDOZA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Guarico, Municipio Morán del Estado Lara, asistido por la abogada MARIA RITA MONSERRAT GRATEROL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 102.081, presentó escrito en el cual solicitó la rectificación de su Partida de Nacimiento, por cuanto aparece el siguiente error: 1)los apellidos de su madre aparecen invertidos, señalándose en la presente acta, en primer lugar el apellido de casada y en segundo lugar su primer nombre patronímico: Guillermina Del Carmen Mendoza de Martínez, siendo lo correcto GUILLERMINA DEL CARMEN MARTINEZ DE MENDOZA. En fecha veinticinco (25) de marzo del año 2.004 se admitió la solicitud sumariamente y se ordenó notificar al Ministerio Público (f. 07). El solicitante trajo a los autos copia certificada de su Partida de Nacimiento, copia certificada del Acta de Matrimonio de sus padres. Siendo la oportunidad para decidir, éste Tribunal observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, los cuales aprecian de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, éste Tribunal considera que se encuentra demostrado el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO solicitada por el ciudadano CRUZ GUZMAN MENDOZA MARTINEZ, supra identificado. SE ORDENA al Jefe Civil de la Parroquia Guarico, del Municipio Morán, Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, se sirva estampar la correspondiente nota marginal en la Partida de Nacimiento, asentada bajo el N° 475, folio 238 durante el año 1978 del Libro de Registro Civil de Nacimiento llevado por ese despacho, a los fines que aparezca el primer apellido de la madre del solicitante CRUZ GUZMAN MENDOZA MARTINEZ, siendo lo correcto GUILLERMINA DEL CARMEN MARTINEZ DE MENDOZA y no Guillermina del Carmen Mendoza de Martínez.
Expídanse copias certificadas de esta sentencia y remítase con oficio a la autoridad correspondiente.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara, en Barquisimeto a los veintitrés (23) días del mes de Septiembre del año 2.004.Años: 194° y 145°.
LA JUEZ
TAMAR GRANADOS IZARRA
LA SECRETARIA
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
TGI/libny
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