REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2004-004751


Vista la solicitud presentada por el ciudadano WUILLYS ENRIQUE GRATEROL, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.363.026, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en Chirgua, sector 1, área El Cucharón, Parroquia Santa Rosa, del Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que mide 250 Mts. de largo por 40 Mts. de ancho; alinderadas de la siguiente manera NORTE: Isidro Durán; SUR: Manuel Colmenarez; ESTE: con la Chivera; y OESTE: José Durán. Dichas bienhechurías consisten en arboles frutales, cercado con alambre de púas y estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos REINA MARUJA RODRIGUEZ y LUIS ARCILA MARTINEZ titulares de las cédulas de identidad N° V- 4.720.729 y E-83.194.055, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor del ciudadano WUILLYS ENRIQUE GRATEROL ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-


LA JUEZ


TAMAR GRANADOS IZARRA

LA SECRETARIA


MARIA FERNANDA ALVIAREZ


TGI/g.p.