REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2004-004475

Vista la solicitud presentada por los ciudadanos YAMIL ANTONIO KHAWAIN ROJAS y JOSÉ DAVID KHAWAIN ROJAS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 11.467.238 y 10.120.070, de este domicilio, asistidos de abogado, donde manifiestan se les conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle 40 entre carreras 31 y 22 N° 21-41, “Edificio Don George” de esta ciudad de Barquisimeto, en jurisdicción de la parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno de su propiedad según documento protocolizado por ante el Registro Subalterno del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara en fecha 17 de diciembre de 1.999, anotado bajo el N° 42, tomo 11, protocolo primero, que mide 9 Mts. de frente por 20 Mts. de fondo; alinderadas de la siguiente manera NORTE: con terreno propiedad de la Sucesión Petra Torres; SUR: Antes con terrenos que es o fue propiedad de Pedro Tamayo y Rafael Mosquera, hoy con Edificio Khawain; ESTE: antes con terrenos propiedad de la Sucesión de Pío Bracho, hoy con terreno perteneciente al Señor Amaro; y OESTE: con calle 40, que es su frente. Dichas bienhechurías, según el documento citado, constaban de una casa la cual demolió y pasó a edificar el Edificio Don George conformado por: Planta Baja (PB), Planta 1(P1), Planta 2(P2), Planta 3(P3), mezanine, Cuarto de Máquina y Tapa de la Escalera la edificación posee cuatro pisos con mezanine, las paredes de la edificación están fabricadas con bloques frisados (liso) así como con divisiones interiores. Los pisos son de granito, las instalaciones electricas están embutidas. Los marcos de las puertas son metálicos. la fachada del inmueble se encuentra frisada y posee ventanales de vidrio. Las puertas para las divisiones interiores y sanitarias son de madera entamborada. Las paredes de los baños están recubiertas de cerámica de primera. La Planta Baja (Pb) tiene un área de construcción de 175,50 Mts.2 y en ella se encuentra un local comercial y a este se accesa a través de dos portones tipo Santamaría con motor eléctrico. Se encuentra dos baños con paredes revestidas en cerámica, water clock y lavamanos. La Mezanine: que es un área de oficina, tiene una superficie de 51,90 Mts.2, y en ella se encuentra un baño con todos sus accesorios. Planta 2 (P2): tiene una superficie de 179,10 Mts.2 y su uso es para depósito. Planta 3 (P3): tiene una superficie de 180,00 Mts.2 y su uso es para depósito. Cuarto de Máquina: tiene una superficie de 4,00 Mts.2 y tapa de la escalera tiene una superficie de 49,50 Mts.2, tanque subterráneo e hidroneumático y área de circulación vertical (escaleras); el área total de construcción del edificio es de 818,20 Mts.2, fabricada con estructura de concreto armado y los entre pisos con losa nervada. El valor invertido es la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 240.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos MIRVIC GARCIA y MANUEL MONTERREY titulares de las cédulas de identidad N° 14.591.831 y 9.543.878, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de los ciudadanos YAMIL ANTONIO KHAWAIN ROJAS y JOSÉ DAVID KHAWAIN ROJAS ya identificados, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-


LA JUEZ


TAMAR GRANADOS IZARRA

LA SECRETARIA


MARIA FERNANDA ALVIAREZ


TGI/g.p.