REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-F-2004-000125
Visto el convenimiento realizado por la parte demandada en el presente juicio de INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, intentado por el ciudadano EMILIANO JOSÉ VARGAS LINAREZ contra el ciudadano CERVELION VARGAS RODRÍGUEZ, notificada como ha sido la Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público Dra. MARIELA VILORIA, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN, de conformidad con el artículo 232 del Código Civil. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Expídanse copia certificada del presente auto y remítase con oficio al Jefe Civil de la Parroquia Guarico, Municipio Morán del Estado Lara, para que sea insertado en los libros de Registro Civil de Nacimientos y haga las veces de Partida de Nacimiento del ciudadano EMILIANO JOSÉ VARGAS LINAREZ, venezolano, mayor de edad, sin cédula de identidad, nacido en el Ambulatorio Rural de Guarico, Municipio Morán del Estado Lara, el día 22 de Mayo de 1.978, hijo de CERVELION VARGAS RODRÍGUEZ (viviente) venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.600.591 y DILMA COROMOTO LINAREZ DE VARGAS (difunta).
La Juez
TAMAR GRANADOS IZARRA
La Secretaria
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
TGI/Mónica