REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-V-2004-001400
Habida consideración que de la revisión exhaustiva realizada al presente juicio de NULIDAD, intentado por OSCAR ALBERTO SERNA, contra la firma mercantil BOCADITOS Y ALGO MAS C.A., HAYDEE COROMOTO GOMEZ Y NELSON MARIO SERRANO, se observa que el monto de lo reclamado es la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,00), se evidencia que no corresponde a la cuantía a partir de la cual son competentes los Juzgados de Primera Instancia, en consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el 1er aparte del artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente causa, y en consecuencia, DECLINA el conocimiento de la presente causa en el Juzgado de Municipio Iribarren del Estado Lara. En consecuencia, se ordena remitir el expediente al Unidad Receptora y Distribución de Documentos del área civil, con oficio, una vez quede firme la presente decisión. Déjese la copia de ley. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los treint|a días del mes de abril de dos mil cuatro. Años 193° y 145°. "mfa"
La Juez
Tamar Granados Izarra
La Secretaria
Maria Fernanda Alviárez Rojas
Se publicó en la misma fecha y se dejó copia.
La Sec.