REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia del TrabajoTransitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-L-2003-001137
PARTE ACTORA. TUA OSWALDO YOEL
APODERADOS DEL ACTOR. LUIS MIGUEL GONZALEZ Y HUMBERTO TORRES
PARTE DEMANDADA, INSTITUTO DE VIALIDAD DEL ESTADO LARA (INVILARA).
APODERADOS DE LA DEMANDADA, GLEDY PEREZ BURGOS.
MOTIVO. COBRO DE PRESTACIONES.

En el dia de despacho de hoy, siendo las 21.50.p.m, comparecen por ante Tribubal los abogados LUIS MIGUEL GONZALEZ LAMEDA, inpreabogado N| 19.338, apoderado de la parte actora, y por la demandada su apoderada judicial abogada GLEDY M PEREZ BURGOS, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 55.610. Las partes solicitan que se adelante la Prolongación de la audiencia Preliminar fijada para las 2:00.p.m por cuanto han llegado al siguiente acuerdo. En este estado la apoderada de la parte demandada expone. Con el fin de dar por terminado el presente procedimiento,cancelo en este acto al ciudadano OSWALDO YOEL TUA, parte actora los siguientes conceptos: Prestación por Antiguedad, según art.108 de la L:O:T, parágrafo primero literal (a), la cantidad de Bs.256.056,16. Pago fraccionado por concepto de Bonificación Fin de año Bs.241.500,00. Indemnización por despido 10 días por cada año de servicio Bs. Bs.256.056,16. Pagosustitutivo del preaviso 15 días Bs.241.500,00.Salario desde el 27-10-01- hasta el 18-04-02. Bs.241.500,00, para un total de Bs.1.826.036,64, que en cheque N° 14351934 a nombre del demandante entrego en este acto. Es todo. En este estado el apoderado de la parte actora expone: Acepto en nombre de mi representado la anterior transacción y manifiesto estar conforme con el mismo y recibo en este acto el cheque por Bs.1.826.036,64, a nombre de mi representado. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente. Termino, se leyó y conformes firman.



El Juez



Abog. Enio José Rivero Yaguas
El apoderado del actor.


Apoderada de la demandada.



La Secretaria


Hilda de Quiñones.