REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-L-2002-001021
PARTE ACTORA. PEÑA PABLO
APODERADO DEL ACTOR. RAFAEL L LARA MENDOZA
PARTE DEMANDADA. ALCALDIA DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL EDO LARA.
APODERADOS DE LA DEMANDADA. MARIA A CARDOZO TUA, JHONNY FITTIPALDI H, JOSE LUIS JIMENEZ B, Y LUIS ALBERTO PEREZ M.
MOTIVO. COBRO DE PRESTACIONES..

En el dia de despacho de hoy, siendo las10:00a.m dia y hora fijados para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente asunto, se anunció el acto a las puertas del Tribunal y compareció la abogada MARIA A CARDOZO T, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 92.186, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, según poder original que presente para su vista y devolución. El Tribunal ordena certificar la copia acompañada, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en Regimen Transitorio Procesal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y por autoridad de la ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.Termino, se leyó y conformes firman,. Se cerró la audiencia a las 10:20.a.m.


El Juez



Abog. Enio José Rivero Yaguas
La apoderada de la demandada.


La Secretaria.


Hilda de Quiñones.