REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete (27) de Octubre de 2004
Años 194º y 145º



N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2004-001165


PARTE ACTORA: JOSUE ELIAS GUEDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.060.860

ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: FRANKLIN AMARO DURAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 32.784.

PARTE DEMANDADA: SAMIR ANTONIO NAIM ALVAREZ, titular de la cédula de identidad No. , venezolano, mayor de edad, en su carácter de empleador y como representante de CRISTAL PLAZA R.D.G., C.A. y de CONDOMINIO CRYSTAL PLAZA, C.A.

ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: RICHARD ALFREDO BRACHO MONTILVA, inscrito en el IPSA bajo el No. 12.538, apoderado judicial de CRISTAL PLAZA R.D.G., C.A. y de CONDOMINIO CRYSTAL PLAZA, C.A.
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MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, veintisiete (27) de octubre de 2004, siendo las once y media de la mañana (11:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia que una vez hecho el llamado respectivo de las partes en juicio, comparece solo el apoderado de las partes accionadas, el abogado RICHARD ALFREDO BRACHO MONTILVA, inscrito en el IPSA bajo el No. 12.538, y por la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado Judicial alguno. Visto esto, y en razón de la incomparecencia de la parte demandante al acto de Audiencia Preliminar, este Juzgado Segundo de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 194° y 145°.




El Juez.
Abg. Danny Paúl Ortiz Rodríguez

La Secretaria

Abg. Lisbel Matos
Los presentes,