REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES

En el día de hoy, Martes 05 de Octubre del año dos mil cuatro siendo las diez y cuarenta y cinco minutos de la mañana, se traslado el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, y se constituyo con la presencia del ciudadano Juez Abg. Rafael José Martínez Rivero con su Secretario Abg. Hugo Enrique Carrasco Ortega, a solicitud de la parte actora, en un inmueble ubicado en la calle Bolívar con Guzmán Blanco, de la Ciudad de Carora, Estado Lara, y el cual se identifica con un aviso comercial en el lado derecho de su entrada en la que se lee “Rossy Sport” a los fines de dar cumplimiento al despacho de comisión enviado del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, para la practica de la Medida de Embargo Preventivo, con ocasión del juicio por cobro de bolívares intentado por el ciudadano Udaile Jesús Querales contra La Sociedad de Comercio Rossy Sport, C.A. Representada por el ciudadano Argenis José Rojas y la ciudadana Mayda Nereida Bastidas de Rojas, en su carácter de fiadora. Acompañan al Tribunal la parte actora asistida en este acto por el abogado Jesús Enrique Bastidas inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 76.482. Así mismo los efectivos policiales Diego Jesús Montero Castro y Luis Hernán Useche Duran, titulares de las cedulas de identidad números; 10.799.309 y 7.368.437, respectivamente. Para el momento de la visita y constitución del Tribunal en el sitio antes descrito se encuentran presentes en el mismo los ciudadanos Argenis José Rojas y Mayda Nereida Bastidas de Rojas, los cuales se identificaron al Tribunal con las cedulas de identidad números: 4.801.523 y 3.947.031, respectivamente, y a quienes el tribunal notifico de su misión previa lectura del despacho de comisión. Seguidamente el Tribunal designa como practico avaluador al ciudadano Luis Ramón González, titular de la cedula de identidad Nº 4.400.177, y como depositaria a la ciudadana Maria Elena Montes de Oca Ramírez, titular de la cedula de identidad Nº 5.932.458, y quienes estando presentes aceptaron el cargo para el cual fueron designados y juraron cumplir bien y fielmente con las obligaciones inherentes a sus cargos respectivos. En este estado siendo la una de la tarde se hace presente el ciudadano David José Rodríguez García, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.694.125, asistido en este acto por el abogado Humberto Torres, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 92.095 y solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue expuso al Tribunal: con la finalidad de cancelar en este acto parte de la deuda objeto del presente procedimiento ofrezco a la parte demandante la cantidad de bolívares un millón novecientos mil exactos (Bs 1.900.000) en efectivos a ser entregados en este acto, y asumo como mi obligación el saldo deudor que asciende a la cantidad de bolívares dos millones (Bs 2.000.000) que incluye honorarios profesionales y costas de procedimiento, pagaderos mediante cheque numero: 05402840 girado contra Casa Propia Entidad de Ahorro y Préstamo, el día 24 de Diciembre del año 2.004 a favor de la parte actora, es todo. En este estado la parte actora asistida de abogado expone: Acepto en este acto la negociación ofrecida por el tercero, reservándome que en el caso de incumplimiento por parte del tercero de ejecutar el embargo sobre bienes de los demandados; declaro recibir en este acto la cantidad arriba indicada y el cheque descrito, solicito al tribunal suspenda la practica de la presente medida y envié las actuaciones al juzgado comitente. En este estado el tribunal vista la solicitud de la parte actora ordena el regreso a su sede siendo la una y treinta minutos de la tarde. Termino, se leyó y conformen firman.

El Juez Provisorio La parte actora.




Notificador codemandados El tercero- Pagador.




El abogado asistente del actor El abogado asistente del tercero



Los Funcionarios Policiales. La depositaria.


El Practico Avaluador. El Secretario.

Exp:612/2.004