REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

Siendo las 9:30 a.m, se trasladó y constituyó este Trib. en calle 7 con carrera 1, El Ujano 1era Etapa, Barqto. Mcipio. Iribarren del Edo. Lara, acompañados por los apoderados judiciales del Seniat MIREYA TAPIA; ESTRELLA RANUARE Y MELCHOR ORDAZ, así como OMAR PARRA C.I. 7.418.902 designado y juramentado perito. Una vez en el lugar no fuímos atendidos por persona alguna, motivo por el cual fué imposible prácticar la notificación de ley. Los actores señalaron para su embargo un bien inmueble plenamente identificado en acta y avaluado por el perito por la cantidad de (Bs. 25.000.000). El Trib. declaró el embargo ejecutivo del inmueble señalado y colocado en posesión de los apoderados actores de conformidad con el Art. 289 y siguientes del C.O.T. Se ordenó librar cartel de notificación de embargo y colocarlo a las puertas del inmueble, asimismo se ordenó librar oficio a la Oficina de Registro Inmobiliario respectivo, haciendo la participación de ley. Siendo las 10:40 a.m, terminó el acto.