REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-V-2004-000486


Visto el Convenimiento de fecha 07-10-04, suscrito por Casa Propia, Entidad de Ahorro y Préstamo, C.A. y Nisyely Chiquinquira Díaz Araujo, respresentados judicialmente cada uno de ellos por los abogados Enrique Gómez M. y Danianghela Colmenarez, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 19.877 y 79.429, este Tribunal de conformidad con el artículo 255 del C.P.C., da por consumado el acto, en los términos expuestos y lo homologa en todas y cada una de sus partes.


La Juez



Abog. Patricia Lourdes Riofrío Peñaloza

XG.

La secretaria:


María M. Silva.