REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-V-2004-000677
Vista la anterior diligencia suscrita por el abogado en ejercicio JOSE ANTONIO RAMIREZ ZAMBRANO, inscrito en el IPSA bajo el N° 22.151, en su carácter de autos, donde DESISTE del procedimiento, éste Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su homologación en los términos expuestos. En consecuencia, se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por éste Juzgado en fecha 10-05-2004, ordenándose oficiar a la Oficina del Registrador Subalterno del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara. Igualmente se acuerda la devolución de los documentos Originales consignados con el libelo de la demanda, dejándose en su lugar copia certificada, todo conforme a lo previsto en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el expediente y se ordena el Archivo del mismo. Líbrese oficio. (nv)
La Juez

Dra. Libia la Rosa de Romero
LA SECRETARIA

LORENA PINTO