REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-M-2003-000757

PARTE ACTORA: FIRMA MERCANTIL METALURGICA OMEGA C.A., domiciliada en Barquisimeto, Estado Lara.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JESUS ALBERTO LOPEZ LAMEDA, venezolano, mayor de eded, Abogada inscrtito en el Inpreabogado bajo el N° 25.883, de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: FIRMA MERCANTIL POLLO EN BRASAS GALLO TORO S.R.L., representada por su Directora Gerente, ciudadana MARINA DULCE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.263.164, de este domicilio.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA. PERENCION DE LA INSTANCIA EN JUICIO DE COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA.

En fecha 18-07-2004, fue presentada demanda de juicio de Cobro de Bolivares vía intimatoria, intentado por la FIRMA MERCANTIL METALURGICA OMEGA C.A., domiciliada en Barquisimeto, Estado Lara, a travez de su Apoderado Judicial, Abogado JESUS ALBERTO LOPEZ LAMEDA, venezolano, mayor de eded, Abogada inscrtito en el Inpreabogado bajo el N° 25.883, de este domicilio, contra la FIRMA MERCANTIL POLLO EN BRASAS GALLO TORO S.R.L., representada por su Directora Gerente, ciudadana MARINA DULCE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.263.164, de este domicilio, por la U.R.D.D. Civil, constante de 02 folios utiles, 11 anexos, mediante demanda admitida en fecha 29-07-2004 (f. 15). se acordo intimar a la parte demandade mediante boleta, se libro oficio al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas del Estado Yaracuy. El Tribunal para decidir observa:
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
partes”.

En el presente caso, en fecha 29-07-2003, se admisión de la presente demandada. En fecha 08-08-2003 se acordo guardar los Originales en la caja fuerte del Tribunal, la parte actora no realizó ninguna actuación dirigida a impulsar el procedimiento, por lo cual transcurrió más de un año de inactividad procesal, se verificándose en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, y por ello, este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA seguido por la FIRMA MERCANTIL METALURGICA OMEGA C.A., domiciliada en Barquisimeto, Estado Lara, a travez de su Apoderado Judicial, Abogado JESUS ALBERTO LOPEZ LAMEDA, venezolano, mayor de eded, Abogada inscrtito en el Inpreabogado bajo el N° 25.883, de este domicilio, contra la FIRMA MERCANTIL POLLO EN BRASAS GALLO TORO S.R.L., representada por su Directora Gerente, ciudadana MARINA DULCE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.263.164, de este domicilio.
NOTIFIQUESE A LAS PARTES
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los seis días del mes de Octubre de dos mil tres. AÑOS: 194° y 145°.

La Juez
TAMAR GRANADOS IZARRA
LA SECRETARIA
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Secretaria
TGI/dmg