REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiseis de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-V-2002-000917
Vista la transacción suscrita entre las partes, en fecha 15/10/2.004, en el presente juicio de EJECUCIÓN DE HIPOTECA seguido por CASA PROPIA ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO, C.A., a través de su apoderado judicial JOSÉ ANTONIO ANZOLA CRESPO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 29.566, contra la empresa “PROMOTORA TOROCA, C.A., Sociedad de comercio con domicilio especial en la ciudad de Barquisimeto, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Carabobo en fecha 11/06/1.997, representada por Directores, ciudadanos ROBERTO FÉLIX MARTÍNEZ RODRÍGUEZ Y RAFAEL ANTONIO ARCAY, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.030.922 y 3.574.495, respectivamente, debidamente asistidos por los abogados JUAN EUDES GONZÁLEZ RANGEL Y RÓMULO ANTONIO SERRADA, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 54.698 y 55.294, domiciliados en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente homologación. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Se suspenden las Medidas de Prohibición de Enajenar y Gravar y de Embargo Ejecutivo, decretadas de la siguiente manera: la primera en auto de fecha 27/05/2.003 y comunicada al Registrador Subalterno de la ciudad de Valencia, Estado Carabobo en la misma fecha, según oficio N° 2234 y la segunda en auto de fecha 30/03/2.004, comisionada para su práctica al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del Estado Carabobo, en la misma fecha, según oficio N° 568 y comunicada al Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Valencia del Estado Carabobo en fecha 20/04/2.004, según oficio N° 182, sobre bienes propiedad de los demandados. Déjese copia. Líbrese oficio al organismo correspondiente.
La Juez
TAMAR GRANADOS IZARRA
La Secretaria
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
En la misma fecha se libró oficio N° 2316.-
La Sec.
TGI/Mónica