REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2003-008245


Rect.Part.
C.F.


En fecha veinte (20) de octubre del año 2.003 la ciudadana YSBELY DOLORES RODRÍGUEZ MARCHAN, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 5.252.109, de este domicilio, asistida por la abogada Anna Verneth Bialko, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 77.565, presentó escrito en la cual solicita la rectificación de su Partidas de Nacimiento por cuanto aparece por error su nombre como YSVELY siendo lo correcto ISBELY con “B”. En fecha tres (03) de noviembre del año 2.003 se admitió la solicitud, se ordenó notificar al Ministerio Público. La solicitante trajo a los autos copias certificadas de su Acta de Nacimiento; datos filiatorios expedidos por la ONI-DEX, y copia fotostática del título que le acredita como profesora. Siendo la oportunidad para decidir, éste Tribunal observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, los cuales aprecian de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, éste Tribunal considera que se encuentra demostrado el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO solicitada por la ciudadana YSBELY DOLORES RODRÍGUEZ MARCHAN, supra identificada. SE ORDENA Registrador Principal del Estado Lara se sirva estampar la correspondiente nota marginal en la Partida de Nacimiento, asentada bajo el N° 1.516, folio 364 vto. de fecha 20/03/1959 del Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por ese despacho, a los fines que aparezca su nombre correcto como YSBELY con “B” y no YSVELY. Expídanse copias certificadas de esta sentencia y remítase con oficio a la autoridad correspondiente.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara, en Barquisimeto a los diecinueve (19) días del mes de octubre del año 2.004. Años: 194° y 145°. –

LA JUEZ
TAMAR GRANADOS IZARRA
LA SECRETARIA
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
TGI/g.p.