REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-V-2004-001544


Vista la demanda de Resolución de Contrato de Compra Venta y Resolución de Contrato de Arrendamiento, este Tribunal niega su admisión por cuanto fueron acumulados en una misma pretensión dos procedimientos incompatibles, como son Resolución de Contrato de Compra Venta, la cual se tramita por el juicio ordinario y la Resolución de Contrato de Arrendamiento, el cual se tramita por el juicio breve, en contravención de lo establecido en el ordinal 3° del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.

La Juez
Tamar Granados Izarra
La Secretaria
María Fernanda Alviarez
TGI/mfa