REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
 
Barquisimeto, 7 de Octubre de 2004
 
Años: 194º y 145º
 
 
ASUNTO PRINCIPAL 	: KP01-P-2002-000103
 
 
            Visto el Oficio No. 620-04 emanado del Centro de Tratamiento Comunitario "Dra. Nilda Lucrecia Hernández H.", donde solicita le sea concedido un permiso ordinario de 48 horas. al penado: PÉREZ PÉREZ PABLO RAMÓN, titular de la cédula de identidad N° 9.559.503,  para  compartir el fin de semana con su grupo familiar, pernoctando en la siguiente dirección: Barrio San José, Carrera 3, con Calle 10 y 2 de esta ciudad.-
 
 	En consecuencia este Tribunal observa que el artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, establece:
 
 
"Los penados cuyas conductas lo merezcan, cuando su favorable evolución lo permita, y cuando no haya riesgo de quebrantamiento de la condena, obtendrán salidas transitorias hasta por cuarenta y ocho horas, debidamente vigilados y bajo caución, previo los requisitos que reglamentariamente se fijen, en los siguientes casos: A) Enfermedad grave o muerte del cónyuge, padres e hijos; B) Nacimiento de hijos; C) Gestiones personales no delegables a cuya trascendencia aconseje la presencia del penado en el lugar de la gestión; y D) Gestiones para la obtención de trabajo y alojamiento ante la proximidad del egreso. 
 
 
 
 
 A la luz de la norma parcialmente transcrita, los extremos legales para que una licencia pueda ser concedida, son taxativos. Las salidas tiene que ser acordadas por el Juez de Ejecución.
 
 
D I S P O S I T I V A
 
 
	Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución No. 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, CONCEDE PERMISO a la residente PÉREZ PÉREZ PABLO RAMÓN, titular de la cédula de identidad N° 9.559.503, por 48 horas;  es decir  para  compartir el fin de semana con su grupo familiar, pernoctando en la siguiente dirección: Barrio San José, Carrera 3, con Calle 10 y 2 de esta ciudad. Por los Fines de semanas restantes del mes de Octubre del Año en curso.-
 
	Ofíciese al Director del Centro de Tratamiento Comunitario "Dra. Nilda Lucrecia Hernández H." del Estado Lara.
 
 
 
 
 
El Juez de Ejecución Nº 4
 
 
El Secretario
 
Abg. Ramón Aguilar
 
RA/León.R-J
 
 
 
 
 
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