REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL


CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE CONTROL

Barquisimeto, 26 de Octubre del 2004 Años 194° y 145°


ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2001-001624

JUEZ ABOGADA PERLA RONDON
SECRETARIA ABOGADA BEATRIZ PÉREZ
IMPUTADO CARLOS RAFAEL TORREALBA ADAN
DELITO PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO
FISCAL SEGUNDO DEL MINISTERIO PÚBLICO
DEFENSOR PUBLICO ABOGADA RUTH BLANCO
MOTIVO SOBRESEIMIENTO

================================================
Corresponde a este Tribunal de Control N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, fundamentar el Sobreseimiento acordado en Audiencia Celebrada el dia 25-10-10, a favor del Imputado CARLOS RAFAEL TORREALBA ADAN, en virtud del cumplimiento del Régimen Probatorio , el cual lo hace en los siguientes términos :
Ahora bien en la Audiencia realizada en fecha 25-10-04, la representación Fiscal después de revisar el Informe de Finalización del Régimen de Prueba que le fuera acordado al Imputado Carlos Rafael Torrealba, le solicito al Tribunal que Decretara el Sobreseimiento de la presente causa a favor del referido Ciudadano, en virtud, de que cumplió favorablemente con el Régimen impuesto, de conformidad con lo previsto en el articulo 318 , ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, solicitud esta a la cual se plegó la defensa.

Consta en autos que al Ciudadano Carlos Rafael Torrealba Adan,, quien es venezolano, de 21 años de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 15.446.292, domiciliado en Tarabana III, con calle Principal, Colina del Sur Casa N° I-3, Cabudare Estado Lara.- Se le acordó la Suspensión Condicional del Proceso, por la presunta comisión del delito de Porte ilícito de arma de fuego previsto y sancionado en el articulo 278 el Código penal , por una lapso de dos(2) años.

Consta en Autos diferentes Informes de Conductas presentados por antes este Despacho, por del Delegado de Prueba, favorable al cumplimiento del Régimen de Prueba por parte del Imputado Carlos Rafael Torrealba Adan.

Por otra parte consta en autos el INFORME DE FINALIZACIÓN, de fecha 03 de Agosto de 2004, de la Suspensión Condicional del Proceso, bajo un Régimen de Prueba, por un periodo de dos (2) años, con una Opinión Favorable al imputado Carlos Rafael Torrealba.

Acto seguido, esta Juzgadora después de haber oído a las partes y de haber analizado las actas que conforman el presente asunto, observa que se hace necesario acordar el Sobreseimiento de la presente causa a favor del Imputado Carlos Rafael Torrealba Adan, por cumplimiento de la Suspensión Condicional del Proceso que le fuera acordada por un periodo de dos(2) año. Asi se decide


DECISIÓN

En base a las razones de hecho y de derecho, este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA de conformidad con lo previsto en el Articulo 318, Ordinal 3° , en concordancia con el articulo 48, ordinal 7° , del Código Orgánico Procesal Penal, a Favor del Ciudadano CARLOS RAFAEL TORREALBA ADAN, anteriormente identificado. En Consecuencia librese Boleta de Libertad Plena. Quedando las parte debidamente notificadas. Registrase. Publíquese. Cúmplase.


La Juez de Control N° 2


Abogada Perla Rondon.-

El Secretario