REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco (25) de Noviembre de 2004
Años 194º y 145º

Nro. DE EXPEDIENTE: KP02-L-2004-1304

PARTE DEMANDANTE: GIOVANNY RAMON JIMENEZ ESCALONA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 12.369.693.

ABOGADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: LUCINDO HERRERA Y YEDALY ARANGUREN, abogada en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 90.086 y 90.416 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: CARMEN LUISA SILVA ALVARADO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 4.728.877.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy veinticinco (25) de Noviembre del 2004, siendo las once de la mañana (11:00.a.m) , oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia que una vez hecho el llamado respectivo de las partes en juicio, la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.

La Juez

Abg. Ana Sonia Sánchez
La Secretaria

Abg. María Kamelia Jiménez