REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-S-2004-008507
Rect.Part.
C.F.
En fecha veintiocho (28) de septiembre del año 2.004 la ciudadana LUZ MARIA PEREZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 3.087.237, de este domicilio, asistida por la Abogada María García inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 59.479, presentó escrito en la cual solicita la rectificación de su Partida de Nacimiento por cuanto aparece por error su nombre como LUZ DE MARIA siendo lo correcto LUZ MARIA. La solicitante trajo a los autos copia certificada de Acta de Nacimiento, y fotocopia de su cédula de identidad. Siendo la oportunidad para decidir, éste Tribunal observa: ----------------------------------------------------------------------------------------------
UNICO: Con los recaudos acompañados, los cuales aprecian de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, éste Tribunal considera que se encuentra demostrado el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO solicitada por la ciudadana LUZ MARIA PEREZ, supra identificada. SE ORDENA a la Jefatura Civil de la Parroquia Espinoza de los Monteros del Municipio Torres del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara se sirvan estampar la correspondiente nota marginal en la Partida de Nacimiento, asentada bajo el N° 26, folio 11 del año 1.943 del Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por ese despacho, a los fines que aparezca su nombre como “LUZ MARIA” y no como LUZ DE MARIA. Expídanse copias certificadas de esta sentencia y remítase con oficio a la autoridad correspondiente.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara, en Barquisimeto a los cuatro (04) días del mes de noviembre del año 2.004. Años: 194° y 145°. –
LA JUEZ
TAMAR GRANADOS IZARRA
LA SECRETARIA
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
TGI/g.p.
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