REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticuatro de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-M-2004-000606

Vista la diligencia presentada en fecha 17/11/04, por la Abogada ZULENNYS NOHEMI HERNANDEZ, por cuanto el demandado no realizo oposición dentro del lapso, este Tribunal declara firme el decreto intimatorio en el juicio de Cobro de Bolívares Vía Intimatoria, intentada por el ciudadano DOMINGO ANTONIO GONZALES, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 12.538.833 de este domicilio, contra la ciudadana ALIDA DEL CARMEN PEREZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. 4.414.293. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia se le concede al demandado un lapso de Cinco (05) días de despacho para que dé Cumplimiento Voluntario, de conformidad con lo previsto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil. Dejese copia.
La Juez

Tamar Granados Izarra

La Secretaria,

Maria Fernanda Alviarez
TGI/Milagro