REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-M-2004-000539


Visto el desistimiento realizado por el ciudadano HENRY ARRIECHE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 55.040, actuando como apoderado de la parte actora en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES, seguido por TUNAL MOTOR’S DE LARA, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 21 de Diciembre de 1.999, bajo el N° 47, Tomo 52-A, contra la compañía COMERCIALIZADORA AMATO, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 24 de Febrero de 1.999, bajo el N° 08, Tomo 72-A, domiciliada en la ciudad de Píritu, Estado Portuguesa, en la persona del ciudadano GASPARE AMATO AMMELATO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Píritu, Estado Portuguesa, titular de la cédula de Identidad N° 8.657.547, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento expuesto por la parte actora. Devuélvase letra de cambio, instrumento fundamental de la presente demanda, que ruela a los folios 5 y 6. *Libny*

La Juez


TAMAR GRANADOS IZARRA
La Secretaria

MARÍA FERNANDA ALVIÁREZ ROJAS