REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ASUNTO : KP02-S-2003-010280

La ciudadana ADRIANA LUISA BEVILACQUA BUSOLINI, mayor de edad, con cédula de identidad Nro. 7.384.802, de este domicilio, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCION, de su difunto esposo MICHELE BARBERA RANDAZZO, ya que por error asentaron el primer apellido de la solicitante como BEVILAQUA, siendo lo correcto BEVILACQUA. La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar el ACTA DE DEFUNCIÓN de MICHELE BARBERA RANDAZZO, en el sentido de que se asiente el primer apellido de la solicitante como BEVILACQUA. En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CONCEPCION, MUNICIPIO IRIBARREN, ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserte la nota marginal correspondiente en el ACTA DE DEFUNCION, No. 216, folio 120 vto, año 1974. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los treinta días del mes de noviembre del dos mil cuatro. Años: 194º y 145º.-
EL JUEZ,
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. PATRICIA CABRERA MANFREDI ABG. MARIA MILAGROS MEDINA
Publicada en su fecha a las 10:00 a.m.
Seguidamente se oficio bajo los Nos. 0900-3561 y 0900-3562.
PCM/MMM/Ma. Elena.