REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KH02-X-2004-000187

Vista el Acta de Inhibición, suscrita por la Doctora TAMAR GRANADOS IZARRA, en su carácter de Juez Segunda del Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en el juicio por RENDICION DE CUENTAS , seguido por la ciudadana BLANCA FLOR MARTINEZ ROJAS , contra la firma mercantil INMOBILIARIA GARCIA CONTRERAS S.R.L. signado con el N° KH02-X-2004-000187, cursante al folio 1 , en la cual expresa que: “Me inhibo de conocer en el presente juicio de RENDICION DE CUENTAS, seguido por BLANCA FLOR MARTINEZ ROJAS contra INMOBILIARIA GARCIA CONTRERAS S.R.L., por cuanto actúa el abogado JORGE LUIS MOGOLLON, de Impreabogado N° 23.834 como apoderado judicial de la parte demandada, por existir enemistad manifiesta entre el referido abogado y la suscrita, previsto en el ordinal 18 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.” En virtud, de que la confesión de la inhibida, de no conocer en el presente proceso, la releva de pruebas y evidencia que está incursa en la causal del Artículo antes mencionado, la inhibición objeto de esta consulta, es conforme a derecho y en razón de ello, este Tribunal Superior Primero Civil, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, la declara CON LUGAR por estar fundamentada en causa legal.- Insértese esta inhibición en el Libro de Control de Inhibiciones que se lleva, según decreto de fecha 22-04-87,de este Despacho y remítase con oficio, copia certificada de esta decisión a la Juez Inhibida , a los fines legales consiguientes.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase otra copia certificada de esta Inhibición para ser agregada al Libro respectivo.-
Regístrese, publíquese y bájese oportunamente.-
El Juez Provisorio, (fdo)
Saúl Darío Meléndez Meléndez El Secretario,
(fdo)
Abg. Julio Montes C.

Publicada en la misma fecha en horas de Despacho y seguidamente se expidió la copia certificada, remitiéndose a la Juez inhibida DRA. TAMAR GRANADOS IZARRA, con oficio No. 2004 / 588, conforme a lo ordenado.
El Secretario,
(fdo)
Abg.Julio Montes C