REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
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JUZGADO DE PROTECCIÒN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL
DEL ESTADO LARA.
SALA DE JUICIO JUEZ Nº 1.
194º Y 145°
Solicitante: Nelson José Dorantes Carrasco, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.915.388.
Motivo: Rectificación de Partida de Nacimiento.
Por escrito presentado ante este Juzgado en fecha 26 de octubre de 2.004, el ciudadano Nelson José Dorantes Carrasco, ya identificado, asistido por el abogado Pedro Luis Rojas, Defensor Público del Sistema de Protección del Niño y del Adolescente extensión Carora, solicitó la rectificación de la partida de nacimiento de su hijo el adolescente Adelso José Dorantes Aldazoro, alegando que por error se asentó en la partida de nacimiento expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Antonio Díaz del Municipio Torres el número de cédula de identidad de su madre como: 12.449.307, siendo lo correcto: 9.847.628. En dicho acto consignó copia certificada de la partida de nacimiento de su hijo expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Antonio Díaz del Municipio Torres y copia simple de la cédula de identidad.
Admitida la solicitud en fecha 01 de noviembre de 2.004, se acordó resolver sumariamente de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil y notificar al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público.
En fecha 16 de noviembre de 2.004, el alguacil de este Tribunal consignó boleta de notificación debidamente firmada por el ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público.
Estando en la oportunidad de decidir, esta Sala de Juicio observa:
Del análisis de la partida de nacimiento del adolescente Adelso José Dorantes Aldazoro, que corre inserta al folio tres (03) de autos, y de la copia de la cédula de identidad de la madre del adolescente, que corre inserta al folio cuatro (04), se evidencia que efectivamente se incurrió en el error de colocar en la partida de nacimiento expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Antonio Díaz del Municipio Torres del Estado Lara, su número de cédula de identidad como: 12.449.307, siendo lo correcto: 9.847.628.
DECISION
Por las razones expuestas y por cuanto el ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público no objetó nada contra esta solicitud, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con lugar la solicitud de rectificación de partida de nacimiento, presentada por el ciudadano Nelson José Dorantes Carrasco, en representación de su hijo el adolescente Adelso José Dorantes Aldazoro. En consecuencia, se ordena asentar correctamente el número de cédula de identidad de la madre del adolescente como: 9.847.628, dejando sin efecto el número de cédula de identidad: 12.449.307, en la partida de nacimiento expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Antonio Díaz del Municipio Torres del Estado Lara.
Dicha partida de nacimiento se encuentra inserta en los libros de Registro Civil de Nacimiento llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Antonio Díaz del Municipio Torres del Estado Lara, bajo el Nº acta número 1, folio número3, de fecha 23 de enero de 1.991. Se ordena oficiar a la Jefatura Civil de la Parroquia Antonio Díaz del Municipio Torres del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, con el fin de que cumplan con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.
Expídanse copias certificadas de esta decisión a la parte interesada y las otras para acompañar los oficios respectivos que se remitirán a las autoridades competentes y para el archivo.
Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 19 de noviembre de 2004.
La Juez N° 1 de la Sala de Juicio.
Abg. Raquel Castillo de Zubillaga.
La Secretaria.
Abg. Luisa Cristina González Campos.
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 666-2.004 siendo las 09:00 a.m.
La Secretaria.
Abg. Luisa Cristina González Campos.
Exp: 1SJ3.157-04
RCZ.mz-05.
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