REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.


Cabudare, 31 de Mayo de 2004
Años: 194° y 145°



EXPEDIENTE N° : 1.913-02.

SOLICITANTE : Luisa Margarita Muñoz Herrera.
OBLIGADO : Pablo Cesar Olivo Gómez.


BENEFICIARIOS: (identidad omitida dando cumplimiento a la artículo 65 L.O.P.N.A).


MOTIVO: HOMOLOGACION DESISTIMIENTO
OBLIGACION ALIMENTARIA.



Revisadas las presentes actuaciones y por cuanto, se observa al folio 141 del expediente, que la solicitante LUISA MARGARITA MUÑOZ HERRERA, desiste del procedimiento de Obligación Alimentaria, intentado en contra del ciudadano PABLO CESAR OLIVO GOMEZ, quien es el padre de su hijo y solicitando en este Tribunal, se archive el presente expediente, dada esta circunstancia y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho, es por lo que este Tribunal imparte su HOMOLOGACION en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente conforme a lo establecido en el artículo 451 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se ordena el archivo del expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial. Notifiquesele al ciudadano Fiscal del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.- Cùmplase.-

La Juez.,


Dra. Coromoto de Del Nogal.


El Secretario.,


Abog. Daniel González.




Seguidamente se cumplió con lo ordenado.






El Secretario.,


Abog. Daniel González