REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

Siendo las 11:10 a.m; se trasladó y constituyó este Trib. en Av. Rotaria Casa N° 10A-90, Qta. Los Mendoza, Barqto. Edo. Lara, acompañados por el abog. actor Luís Ramos, Inpre 72.571, Gilberto Gómez repres. Depositaria Judicial Yacambú C.A y Omar Parra designados y juramentados depositario y perito respectivamente. Fue notificada la ciudadana Marina Delgado de Mendoza, C.I. 2.144.834. El actor señaló bienes para su embargo hasta por la cantidad de (Bs. 28.760.000). El Trib. declaró el embargo sobre los bienes señalados. El actor se reservó el derecho de seguir embargando y concedió un lapso de 48 horas a la co-demandada a los fines de que entregara al depositario judicial los bienes objeto de embargo ejecutivo identificados en acta; el vehículo objeto de embargo ejecutivo fue retirado por el depositario judicial. A solicitud del actor el Trib. acordó mantener la comisión en esta sede. Siendo las 5:00 p.m, terminó el acto.